No soy jurista ni abogado, pero creo que la retirada de los crucifijos no sólo no puede apoyarse en la Constitución sino que, a mi humilde entender, atenta contra ella.
En primer lugar, todo parte de que muchos confunden los siguientes conceptos:
"Estado Aconfesional" (el estado es neutral en cuestiones religiosas, no tomando partido en favor de ninguna creencia ni no creencia),
"Estado Laico" (toma partido por la no creencia pero respeta-tolera las confesiones y creencias),
"Estado Laicista" (militantemente ateo, ataca las creencias religiosas).
Estoy seguro que España, según la Constitución, es un Estado Aconfesional ("Ninguna confesión tendrá carácter estatal" pero se colabora con las creencias de los españoles), no laico ni menos laicista. Por tanto la retirada de los crucifijos no puede basarse en la Constitución y es anti-constitucional.
En segundo lugar, si estamos en un sistema basado en el concepto de voluntad popular expresada en la idea de predominio de la opinión mayoritaria (y respeto a las minorías), no entiendo cómo una ley puede retirar unos símbolos que molestan a una minoría cuando la mayoría (creyentes) los aceptan. No entiendo cómo una minoría se puede imponer a la mayoría en un sistema democrático. Eso tampoco lo ampararía nuestra Constitución.
En tercer lugar, y recogiendo los dos argumentos anteriores, los creyentes podemos estimar que
1) retirar los crucifijos es una toma de partido del Estado por una opción en materia religiosa (en este caso a favor de la no creencia), cosa prohibida por la Constitución.
2) retirar los crucifijos puede ser considerado un acto hostil contra la religión (anti-constitucional: ver primer argumento).
3) retirar los crucifijos puede ser considerado un acto ofensivo para la mayoría creyente, tanto como hacer presente el crucifijo puede ofender a los no creyentes, por lo que debe predominar la opinión mayoritaria (ver segundo argumento).
En primer lugar, todo parte de que muchos confunden los siguientes conceptos:
"Estado Aconfesional" (el estado es neutral en cuestiones religiosas, no tomando partido en favor de ninguna creencia ni no creencia),
"Estado Laico" (toma partido por la no creencia pero respeta-tolera las confesiones y creencias),
"Estado Laicista" (militantemente ateo, ataca las creencias religiosas).
Estoy seguro que España, según la Constitución, es un Estado Aconfesional ("Ninguna confesión tendrá carácter estatal" pero se colabora con las creencias de los españoles), no laico ni menos laicista. Por tanto la retirada de los crucifijos no puede basarse en la Constitución y es anti-constitucional.
En segundo lugar, si estamos en un sistema basado en el concepto de voluntad popular expresada en la idea de predominio de la opinión mayoritaria (y respeto a las minorías), no entiendo cómo una ley puede retirar unos símbolos que molestan a una minoría cuando la mayoría (creyentes) los aceptan. No entiendo cómo una minoría se puede imponer a la mayoría en un sistema democrático. Eso tampoco lo ampararía nuestra Constitución.
En tercer lugar, y recogiendo los dos argumentos anteriores, los creyentes podemos estimar que
1) retirar los crucifijos es una toma de partido del Estado por una opción en materia religiosa (en este caso a favor de la no creencia), cosa prohibida por la Constitución.
2) retirar los crucifijos puede ser considerado un acto hostil contra la religión (anti-constitucional: ver primer argumento).
3) retirar los crucifijos puede ser considerado un acto ofensivo para la mayoría creyente, tanto como hacer presente el crucifijo puede ofender a los no creyentes, por lo que debe predominar la opinión mayoritaria (ver segundo argumento).
Por Gabriel Wüldenmar Ortiz
(Más informción en:http://lacasadelasabiduria.com/home/libros.php)
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